Unidad 8 ESTADO Y CIUDADANÍA
La ciudadanía y la nacionalidad
Si bien la palabra “ciudadanía” se escucha y se utiliza frecuentemente, responder qué es la ciudadanía no es una cuestión sencilla ya que es un concepto que está en permanente redefinición y discusión. Esto es así porque la “ciudadanía” es una condición que ha tenido y continúa teniendo distintos significados que se han ido modificando a través de la historia, y varía de acuerdo al contexto social y territorial. Un ejemplo de esto son las diferencias que existen entre los países para que los extranjeros puedan obtener la condición de “ciudadanos” de un Estado, así como los derechos que la ciudadanía trae consigo. En nuestro país las mujeres no contaban con los derechos políticos plenos de la ciudadanía hasta 1947 cuando durante la primera presidencia del General Perón fue promulgada la Ley Nº13.010 de Voto Femenino que se implementó en forma efectiva, posteriormente, en las elecciones presidenciales de 1951. Esto muestra que aún en un mismo contexto histórico y en un mismo territorio puede ocurrir que no exista una definición única de ciudadanía para todos los miembros de una sociedad. Pensar la ciudadanía como práctica y construcción social ayuda a entender que es un concepto cambiante, porque la ciudadanía no tiene que ver sólo con la nacionalidad o la residencia, sino con poder ejercer los derechos y obligaciones asociados a ella. De acuerdo a esto último, la posibilidad de ser ciudadano está estrechamente ligada a ser parte de un Estado que pueda garantizar los derechos asociados a la ciudadanía.
A veces, en el lenguaje común, los conceptos de Estado, nación y gobierno se utilizan como sinónimos, pero significan cuestiones distintas. La nación hace referencia a la pertenencia a un grupo humano que comparte un conjunto de características y prácticas culturales, tales como la lengua, la religión, la etnia, etc. También comparten tradiciones, historia y rasgos de pertenencia que le brindan a los miembros de una nación una identidad común. En muchos Estados de América Latina la reivindicación de los llamados pueblos originarios se refiere a la necesidad de ser reconocidos como naciones dentro de los estados en los cuales ellos actualmente habitan. Esto se basa en que los pueblos originarios comparten cultura, idiomas y tradiciones ancestrales que mantienen, a pesar de los siglos de colonización y de la globalización económica y cultural. Ejemplos de la diferencia entre Estado y Nación son: el caso del Estado Plurinacional de Bolivia cuya constitución nacional reconoce la convivencia hacia el interior de 36 naciones distintas con su propia lengua, cultura e historia o el caso de la Nación Gitana, la que no posee territorio y cuyos grupos se encuentran distribuidos en países de todo el mundo sin perder nunca su identidad nacional.
La historia de la ciudadanía en la Argentina.
A partir de 1810 las Provincias Unidas del Río de la Plata intentaron organizarse constitucionalmente a través de asambleas y congresos que no lograron tal objetivo, planteado de acuerdo con los modelos norteamericano y europeo.
En 1824 un Congreso Nacional Constituyente se reunió en Buenos Aires con el fin de organizar el país después del Congreso de Tucumán, que declaró la independencia y aprobó la constitución de 1819, que no llegó a implementarse. El Congreso contó con representantes de las provincias, en su mayoría de tendencia federal, y tanto su accionar como las medidas anteriores estuvieron dominadas por Rivadavia y la facción unitaria, que sostenía la necesidad de un gobierno centralizado. En ese marco se dicta la constitución del 1826, que se enmarca en las ideas políticas de la época y, en lo que a nuestro tema se refiere, establece:
Art. 26. Se suspenden (los derechos del ciudadano): 1- Por no haber cumplido veinte años de edad, 2- por no saber leer y escribir, 3- por el estado de deudor fallido (…) 6- por el de doméstico a sueldo, jornalero, notoriamente vago o legalmente procesado en causa criminal en la que pueda resultar pena aflictiva o infamante.
Esta constitución quedó en proyecto porque no contó con la aceptación de las provincias y porque las circunstancias de la guerra con Brasil produjeron la caída del gobierno rivadaviano. Pero hay otro modo de ver estos procesos históricos a través de las ideas de hombres que sostenían otras posturas, más específicamente las ideas de Manuel Dorrego, nombrado gobernador de Buenos Aires después del fin del gobierno unitario. Estas ideas se expresan con total claridad en un texto del mismo Dorrego:
Échese la vista sobre nuestro país pobre, véase qué proporción hay entre domésticos asalariados y jornaleros y las demás clases del Estado, y se advertirá al momento quién va a tener parte en las elecciones […] es una pequeñísima parte del país, tal vez no excede de la vigésima parte […] ¿cómo se puede permitir esto en un sistema republicano? Esto es barrenar la base y echar tierra al sistema.
[…] Entonces ¿quién queda? Queda cifrada en un corto número de comerciantes y capitalistas la suerte del país. He aquí la aristocracia del dinero […] entonces sí que sería fácil poder influir en las elecciones, porque no es fácil influir en la generalidad de la masa, pero sí en una corta porción de capitalistas.
[…] Entonces ¿quién queda? Queda cifrada en un corto número de comerciantes y capitalistas la suerte del país. He aquí la aristocracia del dinero […] entonces sí que sería fácil poder influir en las elecciones, porque no es fácil influir en la generalidad de la masa, pero sí en una corta porción de capitalistas.
Dorrego, gobernador de Buenos Aires, es fusilado en 1828 por Juan Lavalle, general instigado por la facción opositora de los unitarios que habían copado el fracasado congreso y sus altas aspiraciones de organizar el país al estilo europeo.
El largo período de los gobiernos de Juan Manuel de Rosas posterga la sanción de una constitución nacional, el país se rige por los principios de una Confederación de provincias, con la rica Buenos Aires a cargo de las relaciones exteriores. El derrocamiento de Rosas abre un nuevo proceso que culmina con la sanción de la Constitución de 1853 que, con reformas, es la que está vigente.
La Constitución del 53 establecía la elección por sufragio de las autoridades de los gobiernos de la nación y las provincias, tanto de los Ejecutivos como de los Legislativos derivados del sistema de gobierno federal, pero no contenía ninguna precisión con respecto al derecho al voto. La elección de los gobernantes quedaba, en la práctica, en manos de una élite que detentaba el poder económico y cultural. Las grandes inmigraciones europeas que el país recibe a fines del siglo xix y principios del xx, después de ejecutada la Conquista del “desierto”, o sea la liquidación casi total de los indígenas y la ocupación de sus territorios, se basaba en el Preámbulo de la misma Constitución, que establecía y establece:
“…promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino….
Esos hombres a que se alude implicaron en la práctica una ampliación de la ciudadanía que comenzó a reclamar no solo la efectivización de los derechos civiles que le acordaba la ley, sino también los derechos políticos (y varias décadas después, hacia los años 40, los derechos sociales que completan el concepto de ciudadanía). La Ley Saénz Peña, de 1912 plasma este proceso al establecer el sufragio universal (para los varones argentinos mayores de 18 años), secreto y obligatorio, que permitió el acceso al gobierno de las clases medias representadas por el primer partido de masas, la Unión Cívica Radical.
En 1902 se había sancionado la Ley de Residencia, bajo la presidencia de Julio A. Roca, el mismo general de la Conquista del “desierto”. Esta ley es la excepción a la amplia legislación argentina de recepción de los inmigrantes y el reconocimiento de sus derechos civiles. Establecía que el Poder Ejecutivo podía ordenar la salida de todo extranjero cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público. Bajo este principio se aplicaron medidas represivas a anarquistas y socialistas que traían de Europa estas ideologías, y a las luchas obreras en general. Fue un arma en manos de la clase dirigente de terratenientes e industriales, que dio lugar a las represiones muy violentas de los reclamos obreros de la Semana Trágica de 1919, y a los sucesos de la Patagonia contra los peones rurales. Recién fue derogada bajo el gobierno de Arturo Frondizi en 1958, o sea que su vigencia alcanzó los cincuenta y seis años.
Los derechos sociales consustanciales a la ciudadanía fueron introducidos en la Constitución, por el procedimiento que ella misma establece, durante el primer gobierno peronista, y anulados junto a otras disposiciones por el golpe de Estado de 1955. En 1957 fueron incorporados nuevamente por un procedimiento irregular, y siguen vigentes.
El ejercicio del sufragio, derecho ciudadano por excelencia, sufrió en la Argentina las violaciones impuestas por el fraude electoral de la década de 1930, y las ilegales suspensiones forzadas por los sucesivos golpes de Estado que hacían recaer la soberanía, que legítimamente le corresponde al pueblo, en sectores militares, representantes de intereses económicos específicos. Pero en los períodos en que este derecho se respetó, fue plenamente universal a partir de 1947, cuando se sancionó la ley 13.010 que establece el voto femenino, y otorga a las mujeres la ciudadanía plena, en concordancia con las legislaciones más avanzadas del mundo en la materia. Este derecho fue hecho efectivo por primera vez en las elecciones presidenciales de 1951.
En concordancia con lo anterior, el art. 37 de la Constitución Nacional, según la reforma de 1994, establece: “Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral”.
Más allá del voto femenino y de la condición de secreto del voto, que corresponden a la evolución histórica, parecería que se ha regresado a la idea básica de Dorrego, que en cierto modo encerraba el germen de los derechos sociales en cuanto al mero reconocimiento de la condición de ciudadanos –y electores- de los asalariados.
La condición de ciudadanos fue regulada jurídicamente desde los inicios de la organización nacional, determinando a quiénes se consideraba ciudadanos: en 1857 se sanciona la primera ley en ese sentido, que establecía una distinción entre argentinos y ciudadanos a efectos del goce y ejercicio de los derechos políticos. Se consideraba argentinos a todas las personas nacidas en el territorio argentino, los hijos de padre y madre argentinos nacidos en el extranjero y los extranjeros naturalizados conforme al art. 20 de la Constitución Nacional. Ciudadanos eran los argentinos mayores de 21 años. Pero la ley básica, vigente con modificaciones es la Nº 346 (ver Honorable Cámara de Diputados de la Nación), que establece el ejercicio de los derechos políticos a partir de los 18 años y la adquisición de la nacionalidad según el principio de ius soli, o sea por nacimiento en el territorio nacional, sin perjuicio de la adquisición por naturalización de acuerdo a esta ley y concordantes. En el año 1971 se firman con Italia y España convenios de doble nacionalidad, considerando el sistema de ius sanguinis de estos dos países, o sea que su legislación establece la adquisición de la ciudadanía según la nacionalidad de los ascendientes, aunque se haya nacido en otro país.
Por otra parte, la Argentina tiene una legislación amplia en cuanto a la radicación de extranjeros en su territorio, de la que se benefician las inmigraciones provenientes de países de America Latina y de Oriente.
Lo anterior se relaciona con los conceptos del texto de Villavicencio-García Raggio: ”la pertenencia a una comunidad política es condición esencial para la ciudadanía, pertenecer a un Estado es imprescindible para gozar del reconocimiento de derechos. Cada Estado determina las condiciones de pertenencia y esto depende de las complicadas relaciones entre la sociedad y el Estado”.
Los ciudadanos sin patria.
Aquí se debe considerar la masa de “no ciudadanos”, es decir de los millones que buscan ubicación en el mundo a través de la ciudadanía que no tienen: son los apátridas, los que no tienen Estado que los reconozca como miembros, ya que van por el mundo buscando mejores condiciones de subsistencia, o huyendo de guerras o masacres. El flujo inmigratorio obliga a los países receptores a establecer condiciones de admisión. En este sentido la Argentina ha tenido una política amplia, constituyéndose, con las limitaciones señaladas, en un país de inmigración.
El voto joven: jóvenes y participación. ¿A qué edad puedo votar?
La reforma a la Ley de Ciudadanía, sancionada en 2012 (Ley 26.774), extendió el derecho a votar en elecciones nacionales a los jóvenes de entre 16 y 18 años. Si bien para este segmento el voto es obligatorio, en caso de que se abstengan, no serán considerados infractores.
Desde su primera implementación en las elecciones legislativas de 2013, el padrón de jóvenes casi se ha duplicado, pasando de 627.364 electores en las primarias de 2013 a 1.129.824 en las generales de 2017.
Asimismo, con la sanción de la ley nacional, casi todas las provincias comenzaron también a adaptar su legislación para permitir el voto joven en las elecciones provinciales. En el mismo año 2012 se sumaron 9 provincias, en 2013 adhirieron 6, y entre 2014 y 2017 otras 5. Santa Cruz y Salta lo permiten de hecho, al utilizar para las elecciones provinciales el padrón nacional. A la fecha, el voto joven sólo no está previsto en Corrientes y Santa Fe.
Política, democracia y autoritarismo
A todos nos resulta familiar el término política, es parte de nuestro lenguaje habitual. Sin embargo, esto no significa que todos entendamos lo mismo acerca del término política. Y por otra parte, es útil recordar que muchas veces el término se utiliza en forma negativa, como si fuera un mal de la sociedad.
En forma sucinta, definiremos a la política como la actividad por medio de la cual se toman decisiones políticas. Que una decisión sea política implica que obliga a todos los miembros de una sociedad a cumplir esas decisiones independientemente de que los favorezcan o no. Las decisiones políticas tienen por objeto reducir y regular la conflictividad social, es decir, mantener unida a la sociedad pese a sus diferencias.
Como vemos el término política está relacionado con el de gobierno. Pues son los gobernantes (elegidos o no) los que tomarán las decisiones. Para poder llevar adelante esas decisiones contarán con varios recursos: el uso de la violencia física legítima a través de las fuerzas represivas del Estado, recursos económicos extraídos de los impuestos sobre las actividades productivas de la sociedad y recursos administrativos, que son los encargados de implementar esas decisiones de acuerdo a la ley.
¿Por qué en el punto anterior decimos que los gobernantes pueden ser elegidos o no? Porque la forma en la que esos gobernantes lleguen al poder determinará el tipo de gobierno que llevarán adelante. Para entender esta diferencia definiremos primero qué es la Democracia:
- La palabra proviene del griego δημοκρατία (democratía), que se compone de los términos δῆμος (démos), que significa ‘pueblo’, y κράτος (krátos), que significa ‘poder’. Así, la democracia es el gobierno del pueblo.
- La democracia es una forma de gobierno del Estado donde el poder es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones políticas.
- El mecanismo fundamental de participación de la ciudadanía es el sufragio universal, libre y secreto, a través del cual se eligen a los dirigentes o representantes para un período determinado.
Sin embargo, la existencia de elecciones no es indicador suficiente para afirmar que un gobierno o régimen es democrático. Se hace necesario que se conjuguen otras características. Revisemos algunas de ellas.
Características de la democracia:
Respeto por los derechos humanos consagrados por la Organización de las Nacionales Unidas; Libertad individual; Libertad para la asociación y participación política; Presencia de múltiples partidos políticos; Distribución del poder en diferentes actores sociales; Sufragio universal, libre y secreto; Representatividad; Alternancia en el poder; Libertad de prensa y opinión; Igualdad ante la ley; Limitación del poder de los gobernantes; Apego al Estado de derecho consagrado en una Constitución, Carta Magna o Ley Suprema.
Además puede adaptarse a diferentes modalidades de organización gubernamental. Por ejemplo:
-sistema republicano: en el que el liderazgo recae sobre un presidente.
-monarquías parlamentarias: en las que existe la figura del primer ministro, con atribuciones semejantes a las del presidente.
El Día Internacional de la Democracia (15 de septiembre) proporciona una oportunidad de examinar el estado de la democracia en el mundo. La democracia es tanto un proceso como una meta, y sólo con la plena participación y el apoyo de la comunidad internacional, los órganos nacionales de gobierno, la sociedad civil y los individuos puede el ideal de democracia tornarse en realidad para ser disfrutado por todos, en todos lados.
De acuerdo a lo visto, un gobierno democrático lo será cuando sus dirigentes políticos sean elegidos en elecciones libres, limpias y siempre que se gobierne de acuerdo a las normativas vigentes. En oposición, un gobierno autoritario será aquél en que sus gobernantes lleguen al poder por medio de la fuerza sin respetar las instituciones de la democracia. Un ejemplo de gobierno autoritario (no democrático) en la Argentina: es la última dictadura cívico-militar que se extendió desde el año 1976 hasta 1982. A partir de 1983 entramos en un periodo democrático sin interrupciones hasta la actualidad.
El Estado de Bienestar y la Democracia.
La noción de “Estado de Bienestar o Estado Benefactor” tiene su origen en el año 1946, como consecuencia de la experiencia traumática de la crisis generalizada producto de la Gran Depresión, que, generalmente, se considera que culminó en la Segunda Guerra Mundial y que produjo el desempleo y la miseria a millones de personas. Estos antecedentes fueron fundamentales en la opción y cambio al estado de bienestar en muchos países. Durante la Gran Depresión, el estado de bienestar fue visto como un "camino intermedio" entre los extremos del comunismo de la izquierda y el modelo económico liberal de la derecha.
El Estado de Bienestar es una propuesta política o modelo general del Estado y de la organización social, según la cual el Estado provee servicios en cumplimiento de los derechos sociales a la totalidad de los habitantes de un país.
Este modelo económico es criticado principalmente por sectores liberales que argumentan que el Estado utiliza la violencia para robarle a quienes producen y mantienen a quienes destruyen riqueza (corporación política) con el "discurso" de la justicia social.
El Estado de Bienestar es un modelo político apropiado para que pueda desarrollarse el ideal de la democracia, ambos aspiran al cumplimiento incremental en el tiempo de los derechos de todos los ciudadanos. En efecto, el Estado del bienestar, en relación a los Derechos económicos, sociales y culturales, considerados como Derechos humanos, se define como:
El paso de una seguridad social solo para algunos, a una seguridad social para todos los ciudadanos, marca la aparición del Estado de bienestar. Los derechos de seguridad social, es decir, las pensiones, la sanidad, el desempleo, junto a los servicios sociales, el derecho a la educación, la cultura y otros servicios públicos aplicados al conjunto de los ciudadanos y no solo a los trabajadores, definirán la política de bienestar social como sello de identidad de las democracias europeas más avanzadas.
En Argentina, el Estado de Bienestar se implementó especialmente a partir de 1946, cuando asume el poder Juan Domingo Perón, durante dos períodos presidenciales consecutivos. Perón propició una reforma a la constitución. Entre otros, la Constitución de 1949 sentaría las bases para la consolidación del Estado de bienestar.
Entre los derechos otorgados al trabajador durante ese período están el derecho al trabajo y a una remuneración justa. También garantizó condiciones dignas de trabajo, capacitación, vacaciones y aguinaldo. El bienestar incluía disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuada, además de otros beneficios.
Características del Estado de bienestar en Argentina
- Plan de pensiones: durante el gobierno de Perón, prácticamente todos los empleados estaban bajo la cobertura de los planes públicos de pensiones. Aunque el sistema cubría todas las ocupaciones, quienes realmente recibían pensiones eran en su mayoría funcionarios y empleados de empresas privadas. Las disparidades con respecto a otras ocupaciones eran muy grandes.
- Seguros de salud: Muchos seguros de salud fueron operados por sindicatos y su desarrollo se llevó a cabo paralelamente al desarrollo del sistema público de hospitales. Los servicios médicos eran gratuitos, en principio, para toda la población.
- Otras políticas de asistencia social pública eran tradicionalmente impulsadas por organizaciones de caridad. Con el establecimiento de la Fundación Eva Perón, el sistema público se expandió teniendo gran impacto en las políticas de asistencia social posteriores.
- Otras políticas de asistencia social pública eran tradicionalmente impulsadas por organizaciones de caridad. Con el establecimiento de la Fundación Eva Perón, el sistema público se expandió teniendo gran impacto en las políticas de asistencia social posteriores.
Tras muchos gobiernos, algunos beneficios del periodo peronista del Estado de bienestar en Argentina se mantienen. Otros se han modificado o eliminado.
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